Las faltas leves permitidas durante el examen de conducir

Durante el examen práctico de conducir, el aspirante puede cometer varias infracciones que no supongan el suspenso directo.

Las que suponen un riesgo directo, suponen también el suspenso, son las conocidas como faltas eliminatorias, que no se pueden cometer durante la prueba (ni siquiera una).

Pero la DGT reconoce otros dos grupos de faltas: las consideradas leves y las deficientes, faltas de las que se pueden cometer varias sin que ello suponga el suspenso en la prueba, aunque con ciertos límites que vamos a conocer a continuación.

Resumen:

Anotación de faltas.

Faltas leves y deficientes

Lo primero que vamos a hacer es exponer la definición de los dos tipos de faltas a las que hemos hecho referencia en la introducción. Ambas se diferencian por su gravedad y por el número que de ellas pueden cometerse antes de que el aspirante se considere como no apto para continuar con la prueba.

Las faltas leves agrupan todos los comportamientos que no respeten las normas de circulación, pero que no constituyan acciones tan graves como para ser consideradas faltas deficientes o eliminatorias. Dentro de este grupo se pueden comprender acciones como manejar de forma incorrecta los mandos del vehículo sin perjuicio para la circulación y otras acciones similares.

En cuanto a las faltas deficientes, que son más graves que las leves, incluyen aquellos comportamientos o acciones que dificulten la circulación del resto de usuarios de la vía e incluso aquellas acciones que sean fruto de no respetar las señales reguladoras del tráfico.

Como se puede ver, ambos grupos incluyen acciones que son peligrosas en un grado u otro para la circulación, aunque sin llegar al extremo de peligro que traen aparejadas las acciones que son consideradas como faltas eliminatorias.

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El número de faltas que puede cometerse

Como venimos diciendo, estas faltas, las leves y las deficientes, no conducen directamente al suspenso. Eso sí, una acumulación significativa de ellas sí que llevará a la no obtención del permiso de circulación, por lo que conviene saber por adelantado cuál es la cantidad de faltas que pueden cometerse durante el examen.

Comenzando por las deficientes, de éstas solo se puede cometer una para obtener el carnet. Lo que es lo mismo, el suspenso se origina con la acumulación de solo dos faltas deficientes.

El caso de las faltas leves es mucho más amplio. La DGT impone el límite del suspenso en las diez faltas leves, por lo que, llegados a esta cantidad, los aspirantes serán considerados como suspensos.

Pero también se pueden combinar estos dos tipos de faltas en un mismo examen práctico. De esta forma, los aspirantes que cometan una falta deficiente y cinco leves pueden considerarse suspensos.

Es evidente que las autoridades de tráfico entienden que existe una gradación importante entre ambos tipos de errores en la conducción. El punto más importante para decidir su grado de importancia no es otro que el riesgo que el aspirante suponga con sus acciones para otros usuarios de la vía.