¿Qué plazo de vigencia tiene el permiso B?

El permiso B de conducir es comúnmente conocido como “permiso de coche”, aunque permite una gran variedad de vehículos. Al igual que el resto de permisos, deberá ser renovado periódicamente, asegurándose de que no se circula con él no vigente.

Índice:

¿Qué vehículos se pueden conducir con el carnet B?

Con el permiso B no solo podrás conducir coches, o como su nombre reglamentario indica, turismos, sino otro tipo de vehículos con algunas limitaciones. Podrás conducir triciclos y cuatriciclos cuya MMA no supere los 3.500 kg, y que estén construidos para el transporte de ocho ocupantes más el conductor (9 en total) como máximo, ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, vehículos para personas de movilidad reducida, Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjunto de los mismos (cualquier peso), Vehículos especiales no agrícolas o conjuntos de los mismos (obras o servicios) cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h. y su M.M.A. no exceda de 3.500 kg. 

Una vez que tengas el permiso tres años podrás conducir motocicletas de hasta 125 cc de cilindrada, una potencia máxima de 11 kW o 15 CV y triciclos y cuatriciclos de motor homologado, aunque los triciclos de motor que tengan una potencia máxima que exceda de 15 kW no los podrás conducir hasta los 21 años.

Conducir vehículos con el permiso B.

¿Cuál es la vigencia del permiso de conducir B?

El permiso B tiene una vigencia de 10 años hasta los 65 años. Esto quiere decir que te lo tendrás que renovar cada 10 años desde la fecha que lo obtuviste y que, una vez cumplas los 65 años, lo tendrás que renovar con más frecuencia: cada 5 años.

Conducir con carnet caducado

Conducir cuando tu carnet no tiene vigencia supone una infracción en la circulación que puede conllevar una multa de 200 euros. Si te ha caducado el carnet, deberás renovarlo para evitar una sanción y guardar el resguardo que te envíen a tu domicilio una vez renovado el carnet y a la espera de que te llegue el carnet actualizado.

¿Cómo puedo renovar el carnet de conducir B?

Para renovar tu carnet de conducción tendrás que hacer una solicitud de cita previa en tu Jefatura Provincial de Tráfico, llamando al 060 o a través de la página web de la DGT. Se recomienda renovar el carnet en el periodo de tiempo antes de que pierda la vigencia, para tener el nuevo carnet a tiempo.

Tendrás que pagar una tasa de 24,10€. Pero si por razones médicas, la prórroga es un plazo inferior al establecido, las tasas serán:

  • Hasta 4 años: 19,30€
  • Hasta 3 años: 14,50€
  • Hasta 2 años: 9,70€
  • Hasta 1 años: 4,90€

Los conductores mayores de 70 años no tienen que pagar tasas.

Podrás pagar las tasas por internet a través de la página web de la DGT o de manera presencial en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico o entidad financiera adherida al pago de tasas 

Recibirás el permiso provisional cuando realices la renovación, y en un plazo de un mes y medio la DGT te mandará tu permiso definitivo por correo.

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