¿Es necesario el carnet de bicicleta para conducir una?

La cuestión sobre el carnet de bicicleta es una polémica que hace saltar las alarmas de vez en cuando. ¿Y cuál es el motivo? Que el uso de la bici es cada vez mayor como medio de transporte alternativo en la ciudad. En la actualidad podemos encontrar personas de todas las edades que usan la bicicleta todos los días, y esto hace que haya quienes quieran hacer del carnet de bicicleta una obligación para salir a las vías públicas con estos vehículos.

La bicicleta tiene sus propias normas para circular, así como sus propios protocolos, sus propias señales de tráfico, etc. Eso nos hace preguntarnos una cosa, y es que si no existe una formación obligatoria para acceder a la conducción de bicicletas… ¿Cómo aprenderán los usuarios a circular con ellas?

La DGT ya ha puesto remedio a esto, y es que en 2021, empezó a impartir cursos online y gratuitos para que la gente recordara las normas más básicas para ir en bicicleta. ¿Será esto un preludio de un futuro carnet de bicicleta obligatorio? De momento no, por ello, por nuestra parte, en este artículo vamos a hacer un repaso de cómo conducir una bici y por supuesto, del concepto del carnet de bicicleta.

Resumen del contenido:

Bicicleta circulando

La bicicleta como vehículo: carnet, seguro y matriculación

Ante todo, y como indica el Reglamento General de Vehículos en el Anexo II, una bicicleta es un vehículo, y como tal, debe seguir unas normas cuando circule por las vías públicas, ya sea tradicional (accionada con el esfuerzo físico) o con pedaleo asistido (las que llevan un motor incorporado).

A día de hoy, no es necesario tener un carnet para conducir una bici. Ni siquiera las que llevan un motor incorporado. No obstante, sí que estos vehículos están sujetos a unas normas.

Lo normal es que dichas normas se conozcan paulatinamente a medida que los niños crecen y salen a lugares más variados. Todos deben adquirir los conocimientos sobre cómo se circula en bicicleta poco a poco. Aquí, el papel de los padres o tutores es esencial en dicho proceso tan relacionado con la seguridad. De hecho, el haber circulado en bicicleta con anterioridad, facilita mucho el aprendizaje a la hora de adquirir otro tipo de carnets de conducir.

Sí que hay un llamado carnet ciclista, pero no es un título expedido por la Administración Pública, sino que es una especie de membresía de la Real Federación Española de Ciclismo destinada a ciclistas de edad comprendida entre los 15 y los 70 años, que de hecho, es un seguro más que otra cosa.

Hablando de seguros, el seguro de bici no es obligatorio, pero sí existen, y sí es recomendable pagar uno. Los percances ocurren y no viene mal un respaldo por si hubiera que cubrir los costes de un accidente. El seguro que incluye el carnet ciclista cuesta por ejemplo 20 euros al año.

Otra cosa que no es obligatoria, ni tan siquiera posible, es la matriculación de la bicicleta. No es obligatorio matricular las bicis, y de hecho no se puede. No es necesario ningún trámite administrativo para salir con ellas a la calle.

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El uso de casco en las bicicletas

El casco es de vital importancia. Siempre has de comprar uno homologado para asegurar que este elemento de seguridad pasiva cumpla su función protectora.

Respecto a la obligatoriedad, el caso es aconsejable siempre, pero no obligatorio en todos los casos.

Según el artículo 118 del Reglamento General de Circulación es de obligado cumplimiento el uso de casco para menores de 16 años en todas las vías y para mayores de 16 años en vías interurbanas salvo en casos de calor extremo, exención médica o en rampas ascendentes prolongadas. Por su parte, los profesionales tendrán libre albedrío para usarlo o no.

Ciclista circulando al borde de la carretera

¿Cómo circular con la bici?

Dado que no hay que pasar por ningún curso para movernos en bici, conviene que antes de hacerlo, los usuarios aprendan cómo hacerlo de manera segura. Nosotros te hacemos un breve resumen basado en el artículo 22 del Reglamento General de Vehículos y en el sentido común.

  • La bici debe llevar un sistema de frenado.
  • Las bicicletas que vayan a circular por vías públicas también deberían de llevar timbre para poder emitir señales acústicas.
  • Si se va a conducir de noche, en tramos afectados por la señal “túnel” o bajo condiciones climáticas adversas, el vehículo deberá contar con luces para poder ver y que nos vean. Concretamente con: luz de posición trasera y delantera, catadióptricos traseros, laterales y en los pedales que no sean triangulares.
  • De noche, las bicis no pueden arrastrar remolque o semirremolque.
  • En vías interurbanas el ciclista deberá llevar ropa reflectante.
  • La tasa de alcoholemia máxima permitida al conducir una bici es de 0.5 gr por litro de sangre o 0.25 ml por litro de aire.
  • Si hay carril bici, es obligatorio usarlo.
  • Señalizar todos los giros.
  • Está prohibido circular por autopista con un ciclo.
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Señales de tráfico más comunes para bicicletas

Las señales de tráfico más comunes que usa la DGT son las siguientes:

Carril reservado para ciclos:

Señal R407: camino reservado para ciclos.

Entrada prohibida a ciclos:

Señal R114: entrada prohibida a ciclos.

Normas de tráfico más importantes para las bicicletas

Si eres usuario de bicicletas, sería positivo que le echaras un ojo a los artículos más importantes del Reglamento General de Circulación que atañen a dicho vehículo. Recuerda que la formación es indispensable para conducir una bici de forma segura. Te dejamos una lista rápida: