En una intersección, ¿está permitido realizar un cambio de sentido?

En una intersección, ¿está permitido realizar un cambio de sentido?

Opciones

a) Sí, si no hay una señal que lo prohíba.

b) Sí, cuando en la intersección haya una señal explícita que te de prioridad. ✅

c) No, los giros de 180º están siempre prohibidos.

Intersección creada por el encuentro entre una vía transversal y una principal

Explicación

Queda prohibido realizar el cambio de sentido de la marcha en las intersecciones y en sus proximidades, salvo en dos casos:

  • Cuando sea una plaza de circulación giratoria o glorieta.
  • Cuando haya prioridad de paso en la intersección con una señal que lo indique (semáforo en verde, cualquier señal de peligro que dé prioridad, la R-3).

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