Comer conduciendo, riesgos y sanciones

En el Código de Circulación se recogen todas aquellas situaciones que se consideran de alto riesgo o punibles y que están destinadas a mantener la seguridad de todos en la carretera y a sancionar las conductas peligrosas o temerarias que por desgracia tienen algunos conductores. Pues bien, si se revisa este texto legal, la acción de comer al volante no aparece por ningún lado, por lo que se podría considerar que está permitida. Sin embargo, no es así, ya que forma parte de otro grupo de acciones completamente prohibidas. Vamos a ver la situación con mayor detalle.

RESUMEN :

Conducir comiendo

El Código de Circulación

En los artículos 17.1 y 18.1 se establece de forma bastante clara que el conductor está obligado en todo momento a mantener la plena atención tanto física como mental en la tarea de la conducción, lo que implica que las manas no pueden usarse para otra cosa que no sea el controlar los diferentes sistemas del vehículo.

Cualquier acción que entorpezca, distraiga o limite la libertad de acción que hemos dicho o que desvíe la atención del volante será susceptible de ser sancionada por parte de las autoridades si éstas lo consideran oportuno y valoran que están provocando una situación de riesgo que debería evitarse.

Dicho todo lo anterior, está claro que comer al volante entra completamente en el tipo de acciones que acabamos de describir. Para llevar a cabo esta tarea es fundamental separar las manos del volante e incluso perder de vista la carretera por unos segundos. Ambas acciones combinadas pueden convertirse rápidamente en una fuente de riesgo para el propio conductor y para el resto de usuarios de la vía, y es que basta con dejar de prestar atención a la carretera durante unos segundos para que el coche recorre más de 100 metros sin ningún tipo de supervisión.

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Las sanciones

Ha quedado claro que está prohibido comer al volante, aunque esta acción no aparezca de forma explícita en las imposiciones del Código de Circulación. Dicho esto, habrá que preguntarse cuáles son las sanciones que las autoridades pueden imponer.

Para los casos menos graves, que son la mayoría, se marcará una multa de 100 euros sin que haya retirada alguna del carnet al ser considerada esta como una falta leve. Sin embargo, puede haber agravantes que hagan que las autoridades eleven la gravedad de la situación y, por lo tanto, marquen sanciones mucho mayores que la que acabamos de señalar antes.

En definitiva, hay que evitar por todos los medios comer al volante. Es una acción realmente peligrosa, como cualquier otra que implique dejar de prestar atención a la carretera, por lo que puede terminar en accidentes o en sanciones. Lo mejor para evitarlo es planificar bien las rutas a realizar marcando paradas para comer y respetando los consejos de descanso que la DGT da para los conductores particulares.