Todo sobre la multa por no llevar casco

Llevar casco es obligatorio para los usuarios de determinados vehículos por imposición de la DGT. Aun con todo, el tema de los cascos siempre ha suscitado cierto rechazo por parte de todo el mundo. De hecho, tanto es así, que hay un estudio que indica que cuánto más se impone su uso, menos se usan las bicicletas.

Dicho lo anterior, es obvio que este tema nos lleva al tema de las multas. ¿Cómo es la multa por no llevar casco?

Moto en circulacion

¿Qué dice la normativa vigente en España?

La obligatoriedad del casco está recogida en el art. 47 de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, sin embargo, el texto es algo confuso. El artículo dice concretamente: El conductor y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los términos que reglamentariamente se determine.

El conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.

El conductor y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los términos que reglamentariamente se determine siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años, y también por quienes circulen por vías interurbanas.

Reglamentariamente se fijarán las excepciones a lo previsto en este apartado.

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¿Cuándo hay que usar casco en España?

En resumidas cuentas, la ley apunta lo siguiente:

  • Ciclistas: acorde a la DGT, el casco es siempre un must para los menores de 16 años que quieran conducir una bici. Para los adultos, el casco es obligatorio en vías interurbanas salvo en pendientes prolongadas, calor extremo o razones médicas (ojo, el certificado debe estar firmado y tener fechas de validez), sin embargo, dentro del poblado, se entiende que cada ayuntamiento pone sus propias reglas.
  • Usuarios de patinetes eléctricos y el resto de VMP acatan lo mismo, se dice que es imperativo cuando se determine, es decir, que depende de las reglas de cada ciudad. En cuanto a las normas en carreteras interurbanas no hace falta especificar nada porque tienen la circulación prohibida.
  • En motos y ciclomotores el casco es siempre indispensable a nivel nacional, acorde a la ley y la DGT. No siempre fue así, la obligatoriedad empezó a imponerse en 1982 para algunos tipos de motocicletas de dos ruedas hasta que en 1992 se hizo de uso imperativo para todas las motocicletas y los ciclomotores.

Mujer en su moto

¿Cuál es la multa por no llevar casco cuando sea obligatorio?

En cuanto a la multa, ahora mismo no obedecer las normas en cuanto al uso del casco supone una sanción tipificada como grave, por lo que supone una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir.

Cabe destacar que no basta con llevar un casco cualquiera, debe ser uno homologado según las normas europeas. De hecho, en 2023 se impondrá la norma ECE 22-06, que será la nueva normativa en cuanto a homologación de cascos. Del mismo modo, es imperativo llevarlo abrochado correctamente.

En el caso de que sea el pasajero el que no lleva casco, la responsabilidad caerá sobre el conductor.

¿Hay alguna ocasión en la que los conductores de una moto de dos, tres o cuatro ruedas puedan no llevar casco? Sí, cuando la motocicleta disponga de otras medidas de seguridad, incluyendo el cinto de seguridad.

Aun con todo, como la norma depende de cada ayuntamiento, la DGT ha dicho en varias ocasiones que tienen pensado sacar una normativa global, pero que no hay planes ni fechas definidas para el proyecto.

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Esperamos que este post sobre multas te sea de utilidad. Si este artículo te importa poco porque eres más de coche, te diremos que en Onroad podemos prepararte para el teórico de manera rápida y sencilla. Regístrate en nuestra plataforma y empieza a hacer tests hoy mismo. Sí sí, tests con preguntas oficiales de la DGT.