Conducir con escayola - ¿Está permitido?

La DGT no permite conducir con escayola.

No importa que sea en el pie, la pierna, el brazo o la mano.

La consulta de si se puede conducir con escayola o no es contínua en hospitales y centros de salud cuando alguien ha sufrido un percance. La Dirección de Tráfico advierte de que es un hecho penado con multas que suponen tanto sanción económica como retirada de puntos, sin importar qué parte o partes de nuestro cuerpo estén escayoladas.

En la prensa no es difícil ver rostros conocidos que han sido pillados conduciendo en esta situación. Por ejemplo, Iker Casillas, el guardameta del Real Madrid fué incautado conduciendo con una escayola en el brazo izquierdo, y tuvo que pedir disculpas públicamente.

En cualquier caso, no está permitido por ley. Te contamos más en este artículo.

Resumen de contenidos:

Hombre con pierna escayolada

¿Por qué no se puede conducir con escayola?

Según la norma vigente, no se puede conducir llevando escayola, ya sea en brazos, piernas o cualquier parte del cuerpo, porque ésta reduce mucho la movilidad, movilidad necesaria para manejar un vehículo de manera adecuada. Esto no aplica solo a escayolas, sino a cualquier otro elemento similar, como vendaje, férula o collarín.

La sanción, aunque podamos pensar que es leve, tendrá la consideración de grave o muy grave, la cuantía económica suele rondar los 150 - 300 euros, y lleva aparejada la retirada de puntos del carnet, de 3 a 6, normalmente. En general, la mayor parte de las veces la cuantía final dependerá del resto de condiciones o modo en que se conducía más allá de la escayola.

No importa si el afectado es diestro o zurdo, o dónde lleve realmente la inmovilización médica. La multa es completamente plausible. Eso sí, nunca se procederá a la retirada del carnet.

En este caso la sanción viene dada normalmente por la aplicación del artículo 17 del Reglamento General de Circulación, que dice lo siguiente: “Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales.”

Aun así, hay casos en los que la escayola no te impide realmente conducir, y por lo tanto puedes llevar el coche, pero necesitarás un certificado médico que así lo indique para mostrárselo a los agentes de seguridad si te dan el alto.

¿Cómo se obtiene este certificado? Hay dos vías: o bien lo da el médico que ha llevado el caso, o bien el afectado puede acercarse a un centro médico para someterse a un reconocimiento en pos de conseguir el eximente.

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¿Hay otros casos similares?

Efectivamente, hay casos muy parecidos en los que conducir bajo determinadas circunstancias pueden afectar al estado físico del conductor y poner en riesgo su seguridad y la del resto de ocupantes de la vía. Te dejamos algunas situaciones parecidas:

Normalmente, en cualquiera de estos 3 casos, y en el de conducir con escayola, se pueden aplicar otros artículos del Reglamento General de Circulación, específicamente los artículos 3.1 y 18.

  • El Art. 3.1 (Conductores) resalta que “Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario”
  • El Art. 18 (Otras obligaciones del conductor), dice concretamente “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.”